Bogotá dio un nuevo paso en la discusión sobre el uso de celulares y otros dispositivos digitales en los entornos escolares. El pasado 28 de agosto, la Secretaría de Educación del Distrito publicó para comentarios el proyecto de resolución RL-2026-177, cuyo objeto es establecer reglas sobre el uso de teléfonos móviles y dispositivos con pantalla en establecimientos educativos oficiales y privados de la ciudad.
La medida todavía no es una resolución definitiva. Al momento de publicación de este artículo, el proyecto se encuentra en proceso regulatorio y su texto puede modificarse antes de su expedición. Esta distinción es relevante: Bogotá no ha decretado, hasta ahora, una prohibición general y definitiva de los celulares en los colegios.
Lo que sí muestra el proyecto es un cambio significativo en la forma en que las autoridades educativas están abordando la relación entre tecnología, aprendizaje y convivencia. Bogotá se suma a una conversación que ya está produciendo respuestas regulatorias en distintas ciudades del país.
¿Qué propone Bogotá?
El proyecto plantea como regla general restringir el uso de teléfonos móviles durante la jornada escolar, incluyendo clases y descansos, en instituciones educativas oficiales y privadas. Contempla, sin embargo, excepciones vinculadas con necesidades de salud, inclusión y accesibilidad, situaciones de emergencia y determinados usos pedagógicos.
La propuesta también distingue entre teléfonos móviles de uso personal y otros dispositivos digitales utilizados con una finalidad educativa.
Para estos últimos establece criterios diferenciados según la edad. La exposición propuesta es mínima en educación inicial y aumenta progresivamente en primaria y secundaria. Desde octavo grado, el proyecto da mayor margen al uso pedagógico de la tecnología, siempre que exista una finalidad educativa definida y acompañamiento docente.
Esta distinción es importante. El debate que plantea Bogotá no es, estrictamente, entre “tecnología sí” y “tecnología no”. Es una discusión sobre qué usos de la tecnología tienen sentido dentro de una institución educativa, en qué momentos y con qué nivel de mediación adulta.
La propuesta es el resultado de una discusión más amplia
La iniciativa no surge de manera aislada.
Durante 2026, la Secretaría de Educación desarrolló un proceso de consulta sobre dispositivos móviles, aprendizaje y convivencia. Entre mayo y julio participaron 77.217 estudiantes, docentes, directivos y familiares en 366 Foros Educativos Institucionales.
La orientación de esos espacios resulta particularmente relevante: la propia Secretaría señaló que la discusión no debía limitarse a decidir si los dispositivos se permitían o se prohibían, sino a analizar cómo educar para un uso consciente, seguro y pedagógico.
Ese matiz debería estar en el centro de cualquier política sobre celulares.
Una institución educativa tiene razones legítimas para proteger determinados espacios de atención, interacción presencial y aprendizaje. Al mismo tiempo, tiene la responsabilidad de preparar a sus estudiantes para desenvolverse de manera competente en un entorno crecientemente digital.
Regular el dispositivo y educar para su uso son problemas relacionados, pero no equivalentes.
Existe además una consideración jurídica importante
Colombia ya cuenta con un marco nacional para esta discusión.
La Ley 2170 de 2021 establece que las instituciones educativas deben adoptar mecanismos para promover un uso adecuado de los dispositivos móviles y que las secretarías de educación pueden expedir lineamientos complementarios. También señala que la responsabilidad sobre el uso adecuado de estas herramientas es compartida entre el Estado, los establecimientos educativos y las familias.
La misma ley permite restringir excepcionalmente el uso de teléfonos móviles en determinados horarios o lugares, pero establece condiciones para hacerlo, entre ellas el aval del Comité Escolar de Convivencia y del Consejo Directivo de la institución y la garantía del derecho a la comunicación.
Por esta razón, uno de los asuntos que deberá quedar claramente resuelto en la versión definitiva de la regulación de Bogotá es cómo se articula el lineamiento distrital con la autonomía y los mecanismos de decisión de cada comunidad educativa.
No es un detalle menor. La implementación de una política de este tipo no depende solamente de fijar una regla general: exige traducirla a manuales de convivencia, procedimientos institucionales, criterios pedagógicos y acuerdos comprensibles para estudiantes y familias.
Ibagué fue la primera ciudad del país en avanzar en esta dirección en 2026
Bogotá tampoco es la primera ciudad colombiana que aborda el asunto mediante regulación territorial.
En abril de 2026, Ibagué fue reportada como la primera ciudad del país en aprobar una restricción municipal de este tipo, dirigida a estudiantes menores de 14 años de las instituciones educativas oficiales.
La medida restringe el uso de celulares durante la jornada escolar y contempla excepciones para actividades pedagógicas autorizadas, necesidades relacionadas con salud o discapacidad y emergencias familiares. Su aplicación requiere además ajustes en los manuales de convivencia de las instituciones.
El caso de Ibagué es relevante porque anticipó una tendencia que, durante los últimos meses, comenzó a aparecer en otras entidades territoriales.
Otras ciudades también están regulando o estudiando el uso de celulares
Las iniciativas no son idénticas y, para analizarlas correctamente, es importante distinguir entre acuerdos aprobados, proyectos en trámite y procesos de construcción de lineamientos.
En Pereira, el Concejo Municipal aprobó en segundo debate el Proyecto de Acuerdo 15 de 2026, orientado a que las instituciones educativas oficiales regulen el uso de dispositivos móviles durante la jornada académica. La propia corporación ha enfatizado que la iniciativa no plantea una prohibición uniforme, sino lineamientos que posteriormente deben traducirse en acuerdos institucionales y manuales de convivencia. Después de su aprobación en el Concejo, el proyecto continuó su trámite para sanción del alcalde.
En Manizales, la Secretaría de Educación lidera desde julio la formulación de lineamientos para el uso sano, seguro y responsable de la tecnología en instituciones educativas oficiales y privadas. En este caso todavía hablamos de un proceso de construcción de orientaciones, no de una restricción municipal ya aprobada.
En Bucaramanga, el Proyecto de Acuerdo 034 de 2026 busca establecer lineamientos para el uso responsable de dispositivos móviles en las aulas. El proyecto tuvo primer debate el 31 de julio y, según el registro oficial del Concejo, continúa en trámite.
Y en Arauca, la Alcaldía informó en agosto sobre una mesa de trabajo entre autoridades locales, concejales y representantes de las instituciones educativas para estructurar un proyecto de acuerdo sobre el uso del celular durante la jornada escolar. Allí el proceso se encuentra todavía en una fase inicial de formulación.
No sería preciso afirmar que todas estas ciudades “prohibieron los celulares”. Sí es posible afirmar que durante 2026 se ha acelerado en Colombia la discusión territorial sobre cómo regularlos dentro de los entornos escolares.
Bogotá está restringiendo celulares mientras fortalece su política de transformación digital
Hay otro elemento de la política distrital que ayuda a interpretar mejor la medida.
Prácticamente al mismo tiempo que publicó el proyecto sobre celulares, la Secretaría de Educación anunció avances en la construcción de un Índice de Madurez Digital para los colegios oficiales, desarrollado junto con la Agencia Analítica de Datos de Bogotá, Ágata.
El índice medirá dimensiones como infraestructura tecnológica, conectividad, gestión estratégica digital, políticas de uso de TIC, competencias digitales y, de manera central, la integración de tecnología en las prácticas pedagógicas. Su primera validación se está realizando en diez colegios.
La Secretaría señala que el propósito es utilizar esta información para orientar decisiones de política pública y fortalecer la capacidad de las instituciones para utilizar la tecnología en procesos de creación, investigación, análisis y aprendizaje.
Leídas conjuntamente, las dos iniciativas sugieren una orientación más sofisticada que una simple reducción de pantallas: limitar usos que no responden a una intención educativa mientras se fortalece la capacidad institucional para incorporar tecnología de forma deliberada y pedagógicamente pertinente.
Esa distinción será cada vez más importante.
El desafío no termina con establecer una restricción
Las regulaciones pueden definir cuándo debe guardarse un teléfono. Lo que no pueden hacer por sí solas es desarrollar las capacidades que niños, niñas y adolescentes necesitan para gestionar su relación con la tecnología.
Ese es el siguiente desafío educativo.
Un estudiante puede cumplir una regla porque el colegio retira su celular al comenzar la jornada. Desarrollar autonomía implica algo diferente: aprender a reconocer cuándo una tecnología aporta a su objetivo, cuándo está desplazando su atención, cómo regular su propio comportamiento y cómo interactuar de manera segura y responsable en espacios digitales.
En este sentido, una política sólida debería trabajar al menos en tres niveles.
El primero es institucional: reglas claras, consistentes y acordes con la edad de los estudiantes.
El segundo es pedagógico: criterios para decidir cuándo una tecnología agrega valor al aprendizaje y cuándo no.
Y el tercero es formativo: desarrollar en los estudiantes capacidades de autorregulación, pensamiento crítico, convivencia y ciudadanía digital.
La participación de las familias también es indispensable. La relación de un niño o adolescente con las pantallas no se construye exclusivamente durante las horas que permanece en el colegio. La propia Ley 2170 establece un principio de responsabilidad compartida entre Estado, instituciones educativas y familias.
De controlar dispositivos a formar criterio
La discusión sobre celulares en los colegios corre el riesgo de quedar atrapada entre dos posiciones demasiado simples: asumir que toda tecnología mejora el aprendizaje o que eliminarla del entorno escolar resolverá los problemas asociados con su uso.
Ninguna de las dos aproximaciones es suficiente.
La pregunta de fondo es cómo diseñar entornos educativos capaces de proteger la atención y la interacción presencial sin renunciar al desarrollo de competencias digitales.
Bogotá, Ibagué y las demás ciudades que están avanzando en esta discusión tendrán que resolver cuestiones operativas y jurídicas importantes. Pero también tienen frente a sí un desafío pedagógico más profundo.
En una sociedad en la que los dispositivos digitales estarán cada vez más presentes, el objetivo de la educación no puede limitarse a conseguir que un estudiante guarde el celular cuando una norma se lo exige.
El objetivo de largo plazo es que desarrolle el criterio y la autorregulación necesarios para saber cuándo utilizarlo, para qué y cuándo decidir no hacerlo.
Preguntas frecuentes
¿Bogotá ya prohibió los celulares en los colegios?
No. A 2 de septiembre de 2026, la Secretaría de Educación ha publicado un proyecto de resolución para comentarios ciudadanos. El proyecto propone restricciones, pero todavía no constituye una resolución definitiva.
¿La propuesta aplicaría a colegios públicos y privados?
Sí. El proyecto RL-2026-177 se refiere expresamente a establecimientos educativos oficiales y privados de Bogotá.
¿Se eliminaría todo uso de tecnología en los colegios?
No. La propuesta diferencia el uso personal de teléfonos móviles de determinados usos pedagógicos de dispositivos digitales y plantea reglas progresivas según la edad y el grado.
¿Cuál fue la primera ciudad de Colombia en restringir los celulares en colegios en 2026?
Ibagué fue reportada como la primera ciudad colombiana en aprobar durante 2026 una restricción municipal de este tipo, aplicable a menores de 14 años en instituciones educativas oficiales.
¿Qué otras ciudades están trabajando en regulaciones similares?
Pereira ha aprobado un proyecto en segundo debate, mientras que Manizales, Bucaramanga y Arauca avanzan en procesos que se encuentran en diferentes etapas de formulación o trámite.


